Sanciones penales para empresas: multas, inhabilitación y disolución
El Código Penal español establece penas muy graves para las empresas que no prevengan delitos. Multas de hasta varios millones, prohibición de contratar con la administración e incluso la disolución de la sociedad. Un sistema de compliance penal UNE 19601 puede evitarlo.
Evaluar riesgos de sanción →Principales sanciones previstas en el artículo 31 bis
Multa por cuantías
Desde 300.000 € hasta varios millones según el delito. Por ejemplo, delitos de corrupción pueden alcanzar el triple del beneficio obtenido.
Inhabilitación para contratar
Prohibición de acceder a subvenciones, ayudas públicas o contratos con el Estado por un período de hasta 15 años.
Clausura de locales
Cierre temporal de los establecimientos o centros de la empresa por un plazo máximo de 5 años.
Disolución de la persona jurídica
La pena máxima: la extinción definitiva de la empresa. Solo para delitos muy graves y reincidencia.
Pérdida de ventajas fiscales
Revocación de beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante un período de hasta 5 años.
¿Cómo evitar estas sanciones?
La implantación de un modelo de compliance penal según UNE 19601, con un canal ético y auditorías periódicas, permite eximir a la empresa de toda responsabilidad penal. Incluso si no es total, atenúa significativamente las penas. El diagnóstico temprano es clave.